El 1º de enero de 2022, se adicionó al Título Tercero de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, el Capítulo Noveno que contiene los llamados “Impuestos Ecológicos” los cuales entraron en vigor en enero de 2023, se describen a continuación:

El impuesto se calcula aplicando la cuota en UMA sobre la totalidad de toneladas de residuos de manejo especial depositados o almacenados en rellenos sanitarios, bancos de tiro o sitios de disposición final públicos o privados, ubicados dentro del territorio del Estado de Querétaro excluyendo los residuos de manejo especial que se valoricen, esto es, que sean reciclados, reutilizados, coprocesado, etc.; y residuos peligrosos que se confinen o almacenen en el territorio del Estado de Querétaro, debiendo pagarse a más tardar el 22 de mes inmediato siguiente a aquel en que los residuos de manejo especial hayan sido depositados o almacenados en los sitios que refiere la propia ley. 

Para realizar dichos pagos, los contribuyentes deben ingresar al portal de Recaudanet. Si requieres ayuda, puedes apoyarte en los siguientes manuales: 

asistenciaspf.queretaro.gob.mx/sites/default/files/impuestos/pdf/21 Manual EXTRACCIÓN BAJO IMPACTO.pdf 

asistenciaspf.queretaro.gob.mx/sites/default/files/impuestos/pdf/24 Manual EXTRACCIÓN ALTO IMPACTO.pdf 

asistenciaspf.queretaro.gob.mx/sites/default/files/impuestos/pdf/22 ManualGASES.pdf 

Manual RESIDUOS (queretaro.gob.mx)