AUMENTO EN LAS MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES

El pasado 06 de enero de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto por el se reforman y adicionan algunas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales (LAN).

¿QUÉ DEBE TENER EN CUENTA EL CONCESIONARIO?

A continuación, los dos puntos más importantes sobre dicha modificación:

  1. Se añade que las personas físicas o morales que lleven a cabo descargas de aguas residuales a los cuerpos receptores deberán adoptar dentro de sus procesos, la utilización de materiales biodegradables, siempre y cuando técnicamente sean viables, atendiendo a las disposiciones reglamentarias en la materia (art. 88 BIS, fracción VI Bis de la LAN).
  2. Se elevaron casi un 30%  los montos de las multas que impone por las faltas siguientes (art. 120 de la LAN):

Artículos relacionados

ACUERDO DE DIFERIMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MEDICIÓN CONFORME A LOS CUATRO ESTÁNDARES DE COMPETENCIA DE LA NORMA NMX-AA-179-SCFI-2018

Por Ana Patricia Pérez Resendiz
3 años ago

CONAGUA PUBLICA EL ACUERDO DE CARÁCTER GENERAL DE INICIO DE EMERGENCIA POR OCURRENCIA DE SEQUÍA SEVERA, EXTREMA O EXCEPCIONAL EN CUENCAS PARA EL AÑO 2022

Por Ana Patricia Pérez Resendiz
2 años ago

CERTIFICADOS DE CALIDAD Y CONDICIÓN SANITARIA DE AGUA-COFEPRIS

Por Ana Patricia Pérez Resendiz
3 años ago